Firmar la tarjeta en cuanto se recibe, abonar su saldo
pendiente cada mes y no perderla de vista al hacer una compra son algunas claves
para usar bien el "dinero de plástico"
Más del 70% de los españoles emplea las tarjetas de crédito y débito como
medio habitual de pago. Por norma general, quien utiliza de forma ordinaria el
"dinero de plástico", posee más de una tarjeta, por lo que en nuestro país hay
alrededor de
90 millones de tarjetas. Sin embargo, no todas las personas usan
este medio de pago de manera correcta y su utilización, a menudo, conlleva
ciertos riesgos. En el siguiente artículo se ofrecen algunas recomendaciones
para actuar con seguridad cuando se opera con este medio de pago.
Desde que las tarjetas de crédito se incorporaron a la economía española a
principios de los años 70, su fácil manejo y la ventaja de poder realizar pagos
sin la necesidad de llevar dinero en efectivo han hecho que sean muchas las
personas que las emplean a diario. Sin embargo, su uso también conlleva riesgos.
Por eso, el Banco de España y otras entidades como
AUSBANC (Asociación de
Usuarios de Servicios Bancarios) proponen a los consumidores ciertas
recomendaciones para operar con tarjetas de forma correcta. Estas se detallan en
el presente reportaje.
1. Pedir copia del contrato
Cuando se contrata una tarjeta en una entidad bancaria, se debe solicitar una
copia del contrato en el que se especifiquen las condiciones, así como las
comisiones que se repercutirán por la tenencia y uso de la tarjeta. Aunque el
usuario no está obligado a suscribir ningún seguro con la entidad bancaria
vinculado al contrato de tarjeta, sí conviene conocer qué sucede si no se
efectúa un pago en plazo, qué tipo de interés se aplica, cuál es la
responsabilidad en caso de robo, etc.
Si se pretende utilizar una tarjeta de crédito como medio de financiación,
hay que intentar obtener una que tenga una tasa de interés baja. Lo más rentable
para el consumidor es conseguir una tarjeta sin cuota anual, o una de puntos
(con reembolso de dinero en efectivo o descuentos en establecimientos).
2. Recogerla en persona
Al contratar una tarjeta, lo más conveniente es recogerla, junto con el PIN
(Personal Identification Number: número de identificación personal) en la propia
sucursal bancaria.
Además, se debe firmar la tarjeta en cuanto se recibe, para tener una mayor
seguridad en caso de pérdida o sustracción, y hay que modificar el código
secreto que facilita la entidad al cliente.
Si la tarjeta es una renovación, solo se podrá empezar a utilizar cuando haya
caducado la anterior. En este caso, se tiene que destruir la antigua tarjeta
cortándola en varios pedazos.
3. Memorizar el PIN
Conviene memorizar el PIN o guardarlo en un lugar seguro; no debe llevarse
apuntado junto a la tarjeta. Asimismo, hay que evitar desvelar las claves a
nadie, ni proporcionar el número de tarjeta de crédito u otra información
personal por teléfono.
Por supuesto, las claves de la tarjeta nunca deben coincidir con el
cumpleaños de su titular u otras fechas señaladas, que son fáciles de averiguar.
4. Conocer derechos y obligaciones
Una tarjeta de crédito o de débito es un medio de pago. Por ello, según el
Banco de España, su contratación implica para el usuario una serie de derechos y
obligaciones.
Derechos:
- Puede utilizar la tarjeta para abonar la compra de bienes y servicios y
retirar dinero en efectivo en cajeros y en la ventanilla de las entidades, en
los términos contratados.
- Tiene derecho a recibir una copia del contrato y a ser informado previa y
personalmente de sus modificaciones.
- Debe recibir los documentos de liquidación y tiene derecho a no renovar o a
desistir del contrato de forma unilateral en cualquier momento, de acuerdo con
las cláusulas recogidas en el mismo.
Obligaciones:
- Debe abonar de manera puntual las comisiones bancarias y los intereses
pactados, cuando se trata de una tarjeta de crédito.
- Ha de devolver los fondos utilizados en la forma pactada.
- Tiene que informar sobre su situación económica y personal a la entidad de
crédito para que esta analice el riesgo de la operación antes de autorizarla. El
usuario se compromete, si así estuviera pactado, a comunicar los cambios de
domicilio, estado civil, régimen económico del matrimonio y otras circunstancias
personales y financieras.
- Debe responsabilizarse de la conservación y el uso correcto de la tarjeta,
así como del PIN, cuando exista.
- En caso de pérdida o robo, está obligado a avisar de inmediato a la entidad
emisora. Desde el momento de la comunicación, el titular queda, en principio,
libre de responsabilidad sobre el uso de la tarjeta. Por el contrario, hasta el
momento del aviso, la responsabilidad recae sobre el propietario.
En este sentido, el artículo 32 de la Ley 16/2009, de Servicios de Pago,
establece que el titular, cuando da aviso inmediato de la desaparición de su
tarjeta, solo soportará las pérdidas provocadas por operaciones no autorizadas,
hasta un límite de responsabilidad de 150 euros. Con posterioridad a esta
notificación, y salvo que haya actuado con negligencia o de forma fraudulenta,
el propietario de la tarjeta no tendrá que hacer frente a los pagos que se hayan
realizado con ella. Un titular se comporta de manera negligente cuando no toma
medidas para proteger su tarjeta y el número secreto o si no avisa a la entidad
emisora, sin demora, de su pérdida o robo.
5. Saber las obligaciones de la entidad
La entidad emisora de la tarjeta se compromete a tomar ciertas medidas de
precaución:
- Como estipula el artículo 28 de la Ley 16/2009, de Servicios de Pago, el
envío de la tarjeta y del número secreto deben hacerse a través de un medio
seguro que deje constancia de su recepción. Además, el banco debe abstenerse de
enviar al consumidor una tarjeta no solicitada, salvo que sustituya a una
anterior.
- La entidad tiene que asegurar el funcionamiento correcto del sistema de
pago. Para ello, debe disponer de medios adecuados y gratuitos que garanticen
que el titular pueda notificar al banco la desaparición, robo o extravío de la
tarjeta con el objeto de bloquearla.
- Desde el momento en que la entidad tiene conocimiento de la pérdida o robo
de la tarjeta, se hace responsable de cualquier operación, salvo que el dueño
haya incurrido en negligencia grave o haya cometido
fraude.
6. Tomar medidas de seguridad en los cajeros
Antes de efectuar cualquier operación en un cajero automático, conviene
revisarlo. Si se observa un objeto extraño dentro del mismo, es mejor no
utilizarlo.
Si el cajero retiene la tarjeta, hay que avisar de inmediato a la entidad
bancaria. Cuando es de noche o se trata de un día festivo, se debe telefonear a
la compañía emisora de la tarjeta de crédito para bloquearla. De cualquier modo,
hay que solicitar la presencia de un profesional de la entidad financiera donde
se encuentre el cajero y no se debe aceptar la ayuda de personas extrañas.
Asimismo, solo se debe obedecer las instrucciones de la pantalla del cajero y
esperar a que la transacción haya finalizado. Además, es recomendable cubrir con
la mano el teclado del cajero mientras se introduce la clave.
7. Conocer cómo deben actuar las tiendas
Hay que tener presente que en los establecimientos donde se hace publicidad
de la aceptación de tarjetas como medio de pago, estas deberán ser siempre
admitidas. Por su parte, los comerciantes tienen la obligación de solicitar el
DNI del consumidor, para comprobar que se trata del verdadero titular de la
tarjeta.
8. No perder de vista la tarjeta
Al pagar en un establecimiento, nunca se debe perder de vista la tarjeta,
para evitar cualquier manipulación de la misma.
Hay que impedir que se deslicen por la banda magnética de la tarjeta aparatos
diferentes a los datáfonos adaptados para tal fin. En este sentido, una medida
de seguridad adicional puede ser acordar el envío de un SMS al teléfono móvil
del titular cada vez que se hace uso de la tarjeta.
9. Guardar los justificantes de las operaciones
Independientemente de la modalidad de pago que se tenga establecida en la
tarjeta de crédito, cada mes se genera un listado de todos los movimientos que
se han llevado a cabo con la tarjeta (compras en comercios o a través de
Internet, extracciones de efectivo, etc.).
Por ello, es primordial guardar los recibos y justificantes de todas estas
operaciones para verificar que los movimientos que aparecen han sido realizados
por el titular de la tarjeta.
10. Consultar con la entidad cualquier duda
Si aparece algún movimiento dudoso o extraño, hay que consultarlo con la
entidad y solicitar por escrito el justificante en el que aparece la firma del
titular, además de requerir la devolución del importe incorrecto. Si dicho abono
no se hace de forma inmediata, conviene interponer una denuncia en comisaría, ya
que el banco está obligado a devolver la cantidad defraudada. Asimismo, se debe
llamar a la compañía de la tarjeta y dejar constancia, por escrito, de que se
desea que dicho importe sea devuelto.
La seguridad de un medio de pago, como una tarjeta, depende de la entidad
bancaria y, por tanto, los perjuicios que se originen por movimientos
injustificados o no autorizados por el titular deben ser asumidos por la misma.
11. Abonar todos los meses el saldo pendiente
Conviene abonar el saldo pendiente de la tarjeta todos los meses. Con ello,
el usuario puede ahorrarse gravosas comisiones y dispondrá un buen historial
crediticio.
Si el titular de una tarjeta se retrasa en los pagos periódicos o en la
devolución del crédito que ha utilizado, tendrá que abonar a la entidad los
intereses de demora, cuyo tipo es más elevado que en los intereses ordinarios.
Además, cobran una comisión por reclamación de cuotas impagadas, cuyo importe se
recoge en el contrato.
Si la situación de impago se prolonga y el propietario no puede hacer frente
a las deudas, la entidad de crédito tiene derecho a intentar recuperar el
dinero, según se establece en la Ley de Enjuiciamiento Civil. En este caso, como
en todos los créditos personales, el titular de la tarjeta habrá de responder
con sus propiedades y el banco podrá solicitar el embargo de sus bienes.