El alto tribunal (Agencia:EFE) |
En un auto, al que ha tenido hoy acceso Efe, los magistrados del Constitucional han rechazado admitir a trámite la primera cuestión de inconstitucionalidad que planteó por este asunto la Audiencia Nacional al coincidir con el Ministerio Fiscal en que es 'notoriamente infundada'.
El máximo garante de la Constitución Española explica que 'es el convenio colectivo el que debe respetar y someterse no sólo a la ley formal, sino, más genéricamente, a las normas de mayor rango jerárquico y no al contrario'.
Así, concluye que el decreto ley, que implicó que los convenios colectivos de las empresas públicas fueran reformados para introducir una bajada del 5 % en los salarios, no vulneró el derecho a la negociación colectiva porque la intangibilidad o inalterabilidad del convenio colectivo no es uno de sus 'elementos esenciales'.